COMUNICACION INTEGRAL Y CIUDADANIA
En caso de accidente laboral o emergencia, los afiliados al “IESS”, pueden adquirir el beneficio de la atención médica, desde el primer día de inscripción.
Si el afiliado no estuviere cerca de un centro ambulatorio prestador de servicios de salud registrado en el IEES, podrá asistir en caso de emergencia a cualquier unidad médica para ser atendido sin ningún costo.
El estado de emergencia del paciente será calificado por el servicio de salud al momento de su arribo.
La cancelación al prestador por las atenciones de emergencia efectuadas al afiliado, jubilado o beneficiario será asumido por el Seguro General de Salud Individual y Familiar – SGSIF, se realizará hasta un monto fijado en el tarifario aprobado por el IESS señaló el Dr. Vicente Muñoz Herrería, Directos Provincial del IESS Imbabura.
Al cabo de tres días se comunicará el hecho emergente en las dependencias provinciales de SGSIF, mediante documento físico, facsímil, internet o cualquier otro medio.
Dentro de los ocho días habilitantes, luego de la atención, el prestador deberá remitir al IEES los documentos establecidos en el Art. 4. Resolución No. C.D. 317.
“Conforme pasa el tiempo las leyes se reforman a cada instante, permitiendo que la ciudadanía adquiera más beneficios del IESS, a fin de que su seguridad sea garantizada”, acoto Muñoz..