miércoles, 14 de agosto de 2024

Ni parques, ni monumentos

 

Glenda Morejón

La emoción del momento, con la llegada de los atletas olímpicos a sus ciudades de origen ha llevado a personeros municipales a elevar el discurso y proponer la construcción de monumentos y parques como homenaje a los laureados en Paris.

Ibarra, ciudad que vio nacer a la marchista Glenda Morejón Quiñonez necesita de un lugar adecuado para que los atletas entrenen.

La actual pista sintética del estadio Olimpico de Ibarra está en pésimas condiciones y las lesiones de los usuarios son frecuentes.

Es hora que las autoridades seccionales dejen de lado el discurso y promuevan la construcción del Complejo Deportivo de atletismo, para que a futuro tengamos más campeones como Glenda, Karla Jaramillo, Nancy Mina, la olímpica Lucy Jaramillo, David Guevara, Oscar Quelal, Thalía Quiñaliza, Juan Villegas, Samantha Rosero, José Quiñaliza, solo por mencionar algunos nombres que han llevado el nombre de Imbabura y del Ecuador a los pódiums internacionales.

Reflexiones de una olímpica

La medallista olímpica de plata, Glenda Morejón, llegó a Ibarra, provincia de Imbabura, la gente se congregó este martes 13 de agosto de 2024, ansiosa, mientras esperaban a la subcampeona olímpica del relevo mixto de marcha.

Para Glenda no es solo su medalla, sino también de todos los jóvenes que alguna vez han dudado de su capacidad para alcanzar sus sueños. “Es un recordatorio de que, aunque el camino sea largo y las dificultades grandes, con perseverancia y dedicación todo es posible”, dijo enfática.

La deportista hizo un llamado de atención a los dirigentes provinciales y nacionales encargados del deporte, destacando que lo logrado en París es solo una muestra del potencial que existe en los jóvenes, pero que queda mucho por hacer. “Necesitamos más apoyo, mejores instalaciones y un mayor compromiso con el desarrollo del deporte en todas sus disciplinas”, advirtió.

Sobre los parques y monumentos

El artículo 64 numeral 13 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal prohíbe que los vecinos de un cantón impongan el nombre de personas que aún viven a cualquier obra de interés público, entre los que se encuentran los monumentos.

 

La norma señala, dentro de las prohibiciones al Concejo Cantonal “dar o permitir que el vecindario imponga el nombre de personas que aún viven a parroquias, poblados, lugares, vías públicas, planteles o cualquier otra obra de interés público”.

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