Inscripciones y matriculas para estudiantes Régimen Sierra
La
Dirección de Educación de Imbabura informa que por disposición de la
Sra. Ministra y Viceministra en todas las provincias que corresponden a
la Zona 1 régimen Sierra y Oriente, se deberá proceder a matricular a
los estudiantes en el 8vo año de Educación General Básica , En aquellas
instituciones que tienen dicha oferta, es decir que este año venidero no
se cerrará la oferta de octavos años en los colegios sino más bien se
deberá acatar el Instructivo para Inscripciones Inicio y Finalización
del años Lectivo 2012-2013, en las instituciones Educativas Fiscales,
Fiscomisionales, Municipales y Particulares que laboran en régimen
Sierra y Otros puntos importantes.
Si alguna institución fiscal
desea incrementar la cobertura de servicio de octavo año, bajo un
estudio eminentemente técnico por las correspondientes divisiones de
Planeamiento y Supervisión y con el aval de los directores de Educación
deberán presentarlos a la Coordinación Zonal para ver la posibilidad de
atender dichos pedidos.
Para las inscripciones y matrículas se tomaran en cuenta el siguiente instructivo:
1.
Matrícula Inmediata: proceder de manera automática a formalizar y
legalizar, en periodo ordinario, la matrícula de los estudiantes del
plantel en el grado o curso respectivo. Por lo tanto los representantes
legales de los estudiantes no deberán acercarse al establecimiento para
realizar la formalización de la matrícula.
2.
Inscripciones de aspirantes y asignación de cupos, se desarrollará en
todos los planteles educativos fiscales y Fiscomisionales, teniendo como
requisitos el comprobante de algún servicio básico, partida de
nacimiento NO actualizada y si aspirante a 8vo año la libreta de
calificaciones de 6to y 7mo año.
Cronogramas en Imbabura:
A partir del 10 de junio se encuentran abiertas las inscripciones
Las Matrículas ordinarias 15 al 31 de agosto de 2012
Las Matrículas extraordinarias 03 al 28 de septiembre de 2012
El inicio de clases 03 de septiembre
El
año lectivo para los docentes de todos los niveles inician con el
periodo de matrículas ordinarias es decir el 15 de Agosto, fecha desde
la cual será obligatoria su permanencia en el establecimiento a fin de
que cumplan con las acciones de planificación y coordinación de las
actividades anuales. Estas dos semanas previas al inicio de clases,
serán el espacio propicio para las reuniones de comisiones y de áreas.
Con el objeto de no agravar la economía familiar, no se podrán realizar cambios en diseños de uniformes.
Los
planteles que por implementación de la coeducación deban realizar el
diseño del uniforme para varones o mujeres, este deberá ser sencillo y
contará la autorización de la Coordinación Zonal.
De las Prohibiciones
Las
instituciones educativas fiscales NO PODRÁN exigir a los estudiantes o
sus familias el pago de cualquier tipo de contribución económica.
Las
Instituciones educativas particulares y Fiscomisionales NO PODRÁN
recaudar, por conceptos de matrículas y pensiones, valores superiores a
los autorizados por las Juntas Reguladoras Provinciales.
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