PARA PREDIOS HIPOTECADOS Y PERSONAS DE LA TERCERA EDAD.
Hasta el 30 de noviembre los contribuyentes que tienen deudas por préstamos hipotecarios por construcción o reconstrucción de su vivienda, así como las personas de la tercera edad, pueden acercarse a las ventanillas de atención al cliente del Municipio para solicitar la exoneración o rebaja del pago de sus impuestos. Así lo dio a conocer la Ing. Susana Rosero de la Unidad de Rentas del Municipio de Ibarra.

La misma Ley establece que este beneficio también lo pueden solicitar las personas de la Tercera Edad, quienes presentarán la cédula de identidad de la persona que solicita la exoneración o rebaja con las cédulas del conyugue, en caso de estar casados. Para el caso de las personas viudas, solteras o divorciadas deberán justificar con la escritura que la totalidad del predio les pertenece con la finalidad de dar una exoneración total. Recordando que para este trámite las personas deben haber cumplido los 65 años de edad, tanto el solicitante como el conyugue, ya que caso contrario sólo tendría derecho al 50 % de la exoneración, indicó la Directora de Rentas del Municipio de Ibarra.
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