Quito. La Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos
(Dinardap), entidad adscrita al MINTEL, emitió la Resolución
importante: “regula el procedimiento de inscripciones y certificaciones
de actos y contratos en línea de los Registros de la Propiedad y
Registros de la Propiedad con funciones y facultades de Registro
Mercantil a nivel nacional” (Mixtos), cuyo objetivo es regular el
procedimiento de inscripción y certificación en línea de instrumentos
públicos, títulos y demás documentos realizados por estas instituciones.
Los
trámites: Posesión Efectiva, Testamentos, Compraventa de bienes
inmuebles, Donaciones, Hipoteca; y, Fideicomisos y negocios fiduciarios,
siempre que involucren bienes
inmuebles, serán habilitados en la plataforma www.gob.ec.
En
este sentido, la Resolución 009 establece que serán los Registros de la
Propiedad y Mixtos serán responsables de hacer las gestiones
pertinentes ante el MINTEL, tanto
para la creación del registro en la plataforma, como la publicación de
los trámites, el diseño de los formularios y la información de los
campos específicos requeridos. Para esto, se establece un plazo de 60
días, contados a partir de la publicación de la
presente Resolución en el Registro Oficial, para presentar un
cronograma de digitalización de sus archivos a la Coordinación de
Gestión, Registro y Seguimiento, de DINARDAP.
“El
rol de los Registros de la Propiedad y de los Registros de la Propiedad
con funciones y facultades de Registro Mercantil (Mixtos) es
fundamental, pues, a través de
plataformas tecnológicas de gestión de servicios registrales, debe
realizarse el proceso de trámites de inscripción y certificación”,
señaló el Director de Normativa, Matthew Armijos.
El
funcionario indicó además que, a través del uso de firma electrónica,
deben emitir los documentos que tengan directa relación con el
ciudadano; es decir: razones de
inscripción, notas devolutivas, certificaciones y negativas de
inscripción.
Los
usuarios que soliciten la inscripción de actos o contratos en línea
también harán uso de firma electrónica para suscribir el formulario de
la declaración responsable.
Con
esta resolución se cumple lo señalado por la Ley Orgánica para la
Optimización y Eficiencia de Trámites Administrativos, que establece:
los “Registros de la Propiedad
y Registros de la Propiedad con Funciones y Facultades de Registros
Mercantiles que en cuenten con Sistemas de Gestión Registral, deberán
integrarse inmediatamente al uso de la plataforma
GOB.EC (…)”. En el caso de
los Registros que no dispongan de un sistema de gestión registral
inmobiliaria, la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos les
facilitará el acceso a la herramienta tecnológica
Sistema Nacional de Registro de la Propiedad.
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