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Recomendaciones: Bicicletas en buen estado y ciclistas con ánimo para pedalear, convivir, pensar y proponer otras ciudades posibles,SI ES POSIBLE. Cada día nuestras ciudades se llenan de más y más vehículos, contribuyendo al calentamiento global y solo nuestra apariencia ante nuestras amistades por mostrar el vehículo del año, nos llevan a un consumismo excesivo sin hacer nada en beneficio de nuestro planeta.
Por que no hacemos lo mismo con una bicicleta y nos ganamos unos años más de vida con salud , diversión sana, disfrute de nuestra naturaleza y cultivar más amigos , que a bordo de una bici SI SON AMIGOS.
Somos solidarios, amables, nos gusta gastar bromas y sobre todo, estamos sisempre listos para compartir lo poco que sabemos de entrenamiento, nutrición, nuevos accesorios y sobre todo de nuevas rutas por conocer.Enseguida, comparto lo que se enuncia en la Constitución sobre los Ciclistas y nuestros derechos.
CONSTITUCIÓN DEL ECUADOR APROBADA EN EL 2008
DE LOS CICLISTAS Y SUS DERECHOS
...
Art. 204.- Los ciclistas tendrán los siguientes derechos:
a) Transitar por todas las vías públicas del país, con respeto y
seguridad, excepto en aquellos en la que la infraestructura actual ponga
en riesgo su seguridad, como túneles y pasos a desnivel sin carril para
ciclistas, en los que se deberá adecuar espacios para hacerlo;
b)
Disponer de vías de circulación privilegiada dentro de las ciudades y en
las carreteras, como ciclovías y espacios similares;
c) Disponer de
espacios gratuitos y libres de obstáculos, con las adecuaciones
correspondiente, para el parqueo de las bicicletas en los terminales
terrestres, estaciones de trolebús, metrovía y similares;
d) Derecho
preferente de vía o circulación en los desvíos de avenidas y
carreteras, cruce de caminos, intersecciones no señalizadas y ciclovías;
e) A transportar sus bicicletas en los vehículos de transporte público
cantonal e interprovincial, sin ningún costo adicional. Para facilitar
este derecho, y sin perjuicio de su cumplimiento incondicional, los
transportistas dotarán a sus unidades de estructuras portabicicletas en
sus partes anterior y superior; y,
f) Derecho a tener días de
circulación preferente de las bicicletas en el área urbana, con
determinación de recorridos, favoreciéndose e impulsándose el desarrollo
de ciclopaseos ciudadanos.
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