viernes, 12 de agosto de 2011

Avanzan procesos de revocatoria de autoridades en la provincia de Imbabura


La falta de cumplimiento de los planes de trabajo esgrimidos en las campañas electorales, es una de las principales causales para que se haya solicitado la revocatoria del mandato de estos ciudadanos.
MARIA ISABEL TOBARSUBIA,DELEGADA DEL CNE

Ibarra. En la provincia de Imbabura, avanzan los procesos de revocatoria del mandato que varias organizaciones de ciudadanos intercedieron ante el Consejo Nacional Electoral en contra de los 5 vocales de la Junta Parroquial de Pataqui y del Presidente de la Junta Parroquial de Mariano Acosta.
“Las nuevas normativas de la Ley de Participación Ciudadana y del Código de la Democracia, establecen  nuevos parámetros para los pedidos de revocatoria del mandato como son los plazos de 90 días para que se den a conocer los resultados de estos pedidos y que el porcentaje de firmas se ubica ahora en el 17% de la población y que los sujetos políticos señalados tengan derecho a la presentación de las pruebas de descargo y que las cartas de pedidos de revocatoria sean fundamentadas” señaló María Isabel TobarSubía, delegada provincial del Consejo Nacional Electoral (CNE).
“Los pedidos que no cumplieron las nuevas normativas o se archivaron  o se desistieron, en la provincia los pedidos de revocatoria están a la espera de ser calificados por el CNE a través de la reglamentación que tendrá que emitir este, no existe un tiempo determinado para el cumplimiento de este proceso, sin embargo, los pedidos que fueron remitidos desde la delegación provincial están en proceso” argumentó la delegada provincial.
La revocatoria del mandato se fundamenta en los principios de rendición de cuentas y representatividad, puesto que el electorado en ejercicio de su soberanía, otorga a sus representantes un mandato para que ejerza un poder.
No se han presentado nuevos pedidos de revocatoria en la provincia.

DESTACADO
La Constitución del Ecuador, en el art. 104, manifiesta que “la ciudadanía podrá solicitar la convocatoria a consulta popular sobre cualquier asunto”.
En el caso de revocatoria del mandato, la autoridad cuestionada será cesada de su cargo y será remplazada por quien corresponda de acuerdo con la Constitución.  

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