El
Concejo Municipal del Gobierno Autónomo Descentralizado de San Miguel
de Ibarra, emprende acciones para la regulación y construcción de
cerramiento de predios urbanos en el cantón.
Una de las
acciones tomadas para lograr ese fin, es la aprobación de la Ordenanza
de Regulación y Construcción de Cerramientos, por el Concejo Municipal
en sesión del 22 de julio de este año, con base a lo dispuesto en el
artículo 322, inciso cuarto (4) del Código de Ordenamiento Territorial
Autonomía y Descentralización COTAD.
La Ordenanza busca mejorar
la calidad de vida de los habitantes del cantón, contribuir con la
seguridad ciudadana, cuidar la imagen y el ornato de la ciudad,
controlar el establecimiento de focos infecciosos y proliferación de
plagas en predios abandonados.
Ibarra es un cantón con un área de
4.170,45 hectáreas de parroquias urbana y 1.198,09 hectáreas de centros
urbanos parroquias rurales, dando un total de 5.368,54 hectáreas.
Técnicamente se ha dividido al uso del suelo urbano en tres categorías: a) edificado, b) no edificado y c) por construir.
Frente
a este escenario, el GADI consideró necesario desarrollar el eje
estratégico denominado “Ibarra ordenada, avanza”, donde se forjará como
objetivo general: “organizar el territorio cantonal con soluciones para
las deficiencias del ordenamiento”, para lo cual específicamente se
planificará y ejercerá control sobre la ocupación del suelo, para
mejorar la calidad de vida de la población”, como la describe el Plan
Nacional del Buen Vivir, en su objetivo 1.
Ausencia de cerramientos
Los
terrenos baldíos en desuso resultan un foco de posibles enfermedades y
otorgan un aspecto desfavorable para el desarrollo de la ciudad. La
ausencia de cerramientos genera la proliferación de plagas, las cuales
pueden demandar en el futuro, procesos de desratización y similares.
Además
la presencia de dichas plagas puede generar transmisión de enfermedades
para los habitantes del cantón, puesto que a pesar de los diversos
ambientes de vida de estas especies.
Esta Ordenanza regirá bajo
los principios de eficiencia, eficacia, bien común, proporcionalidad,
adecuada intervención punitiva, así como progresividad, legalidad y
aplicación de sanciones.
Este cuerpo legal se aplicará tanto en
el área urbana consolidada de la cabecera cantonal y de los núcleos
urbanos consolidados de las parroquias rurales.